SUBTEL anuncia nuevo reglamento

El documento tiene por finalidad otorgar mayor transparencia al mercado y velar por los derechos de los usuarios a la hora de adquirir algĆŗn servicio, estableciendo reglas claras y obligaciones a los proveedores de telecomunicaciones. Esta modificaciĆ³n sustituye al antiguo Reglamento de Servicio PĆŗblico TelefĆ³nico que sĆ³lo regulaba el servicio pĆŗblico telefĆ³nico.

La SubsecretarĆ­a de Telecomunicaciones (SUBTEL)Ā  anunciĆ³ que prĆ³ximamente entrarĆ” en vigencia el nuevo Reglamento para los de Servicios de Telecomunicaciones, el que tiene por finalidad otorgar mayor transparencia al mercado y velar por los derechos de los usuarios a la hora de adquirir algĆŗn servicio, estableciendo reglas claras y obligaciones a los proveedores de telecomunicaciones. La ContralorĆ­a de la RepĆŗblica tomĆ³ razĆ³n del documento, el cual serĆ” publicado en los prĆ³ximos dĆ­as en el Diario Oficial, y que sustituye al antiguo Reglamento de Servicio PĆŗblico TelefĆ³nico que data de 1996.

ā€œEstamos muy satisfechos con la publicaciĆ³n del nuevo reglamento para servicios de telecomunicaciones, ya que confirma nuestra ardua labor desde SUBTEL en mejorar las instancias de protecciĆ³n de los usuarios a la hora de contratar servicios de telecomunicaciones. En un mercado tan masivo como este se hace fundamental que las regulaciones vayan de la mano con la modernizaciĆ³n de la industria y era un viejo anhelo lograr esta modificaciĆ³n que nos permitirĆ” dar mayor transparencia al mercado e irĆ” en directo beneficio de los usuariosā€, afirmĆ³ el Subsecretario de Telecomunicaciones, Jorge Atton.

Algunas de las nuevas exigencias a favor de la protecciĆ³n de los usuarios en la contrataciĆ³n de servicios de telecomunicaciones, otorgando mayor transparencia a la industria son:

Internet y TV de Pago
Se incorporan reglas especĆ­ficas que aplican para los servicios de Internet y televisiĆ³n de pago. En el caso de Internet, Ć©stas se refieren principalmente a la informaciĆ³n que debe entregar el proveedor respecto de los servicios, como por ejemplo: mediciones de velocidad, calidad del servicio, medidas de gestiĆ³n de trĆ”fico, entre otras.

Para el servicio de televisiĆ³n de pago, se establece que en caso de cambio de algĆŗn canal del paquete contratado, el proveedor deberĆ” avisar con al menos 20 dĆ­as hĆ”biles de anticipaciĆ³n, reemplazarlo por uno de igual calidad o realizar las respectivas compensaciones, lo que deberĆ” ser informado en los contratos.

TelefonĆ­a MĆ³vil
TambiƩn se reconoce a los usuarios de prepago como suscriptores, otorgƔndoles mƔs derechos como la posibilidad de recuperar las recargas no utilizadas durante el perƭodo de vigencia de Ʃstas y estableciendo un plazo de 180 dƭas sin recargas para que las empresas puedan dar de baja un prepago.

En el caso del postpago, las empresas deberĆ”n reservar el nĆŗmero telefĆ³nico por 2 aƱos, desde que se de baja el servicio por parte del usuario, de modo que si desea recuperarlo podrĆ” hacerlo durante ese plazo, ese plazo se reducirĆ” a 180 dĆ­as si al usuario se le ha finalizado el contrato por no pago.

Roaming internacional
En el caso de los servicios de Valor Agregado (SVA) como el roaming internacional de voz, mensajerĆ­a y datos deberĆ”n venir bloqueados por defecto, habilitĆ”ndose Ćŗnicamente a aquellos usuarios que lo soliciten expresamente.

Se incorpora la obligaciĆ³n de enviar un mensaje de texto al usuario, cada vez que inicie una sesiĆ³n de roaming Internacional, indicĆ”ndole que se encuentra activado el servicio y las principales tarifas del servicio. AdemĆ”s, para evitar cuentas de roaming de datos con cobros inesperados, los proveedores deberĆ”n incorporar mecanismos de control de gasto que permitan al usuario conocer su nivel de consumo en lĆ­nea.

Fin a las ā€œventas atadasā€ en los servicios paquetizados
Respecto de los servicios contratados en forma conjunta, se establece la obligaciĆ³n de que se indique en la cuenta del suscriptor ademĆ”s del valor del paquete, el de cada uno de los servicios contratados y el descuento asociado a Ć©stos, junto con permitir, por un tiempo definido, la posibilidad de pagar en forma parcial. TambiĆ©n se prohĆ­be la venta atada de servicios de telecomunicaciones, por lo que cada compaƱƭa deberĆ” ofrecer individualmente cada uno de los servicios que ofrecen en paquetes, permitiendo al suscriptor optar por la combinaciĆ³n de servicios que mĆ”s le acomode.

Nuevas exigencias para proveedores
Se obliga a los proveedores a mantener en sus sitios web un cotizador online que permita a los usuarios de forma clara y expedita la comparaciĆ³n de los servicios, planes y ofertas conjuntas que ofrecen. AdemĆ”s, la incorporaciĆ³n de menciones especĆ­ficas a los contratos de los servicios de telecomunicaciones como los precios de cada servicio contratado y los adicionales a Ć©stos.

Asimismo, la obligaciĆ³n a los proveedores de ofrecer las mismas facilidades tanto para la contrataciĆ³n de los servicios como a la finalizaciĆ³n de Ć©stos, de manera que si el usuario pudo contratar un servicio por forma telefĆ³nica, tambiĆ©n podrĆ” darlo de baja por ese mismo mecanismo.

Adicionalmente, se disminuyĆ³ el plazo para que los proveedores dieran de baja los servicios de 10 dĆ­as a 1 dĆ­a, ampliando dicho plazo para todos los servicios de telecomunicaciones, y no sĆ³lo para telefonĆ­a como era hasta la hoy.

Por Ćŗltimo, se eliminĆ³ la obligaciĆ³n de las empresas de telefonĆ­a local de elaborar la guĆ­a telefĆ³nica, protegiendo de esta forma los datos personales de los suscriptores, junto con otras reglas que empoderan al usuario y suscriptor de telecomunicaciones como: la obligaciĆ³n a los proveedores de informar en sus pĆ”ginas web y sucursales la cobertura de todos los servicios que ofrecen y tambiĆ©n se mejora la regulaciĆ³n de los descuentos e indemnizaciones en caso de corte en los servicios de telefonĆ­a e Internet.

Todo lo anterior, empezarĆ” a aplicar a partir de 120 dĆ­as corridos desde su publicaciĆ³n en el Diario Oficial, mismo plazo que tendrĆ”n los proveedores para consultar a los suscriptores respecto a nuevas autorizaciones y habilitaciones e inhabilitaciones de los servicios.

Fuente: www.subtel.cl

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